Muy buenos dias , le habla JULIO MARIO CASTRO RIVERA , para presentarles el programa GRITOS Y PALABRAS.
Nos sintonizan en la pagina de Internet http://www.lavozdelcinaruco.com/ a las 7:30 am todos los domingos.
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Hoy dedicamos este momento cultural al REFERENDO
En la historia de Colombia es la segunda vez que la sociedad vive y discute alrededor de un mecanismo de participación ciudadana como el referendo. Si bien no se trata de una participación directa del constituyente primario, el ciudadano, en la redacción y selección de las leyes que lo regirán si es un medio para otorgarle poder al Congreso de la República para que discuta y vote unos artículos que fueron considerados por éste.
En la historia de Colombia es la segunda vez que la sociedad vive y discute alrededor de un mecanismo de participación ciudadana como el referendo. Si bien no se trata de una participación directa del constituyente primario, el ciudadano, en la redacción y selección de las leyes que lo regirán si es un medio para otorgarle poder al Congreso de la República para que discuta y vote unos artículos que fueron considerados por éste.
El proceso del referendo en nuestro país, reveló por un lado, la inexperiencia de la clase política para enfrentar este suceso y el desconcierto de la sociedad ante las diversas direcciones que ha tomado el debate. Por eso, este especial periodístico pretende canalizar la información y proporcionar un material que contribuya a lograr mayor claridad ante este fenómeno sin antecedentes en la historia del país.
El referendo
Es la convocatoria que se hace al pueblo para que se apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o se derogue o no una norma vigente. Este, según el ámbito territorial donde se emplee, puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local. La palabra referendo viene de latín refrendar, o sea que el pueblo diga sí a una decisión tomada o que el pueblo diga sí para que la decisión se tome. Vale aclarar que el pueblo, como constituyente primario, decide si apoya o no el proyecto de ley que dará curso al referendo.
Antecedentes
En la historia del derecho existen muchísimos antecedentes, particularmente en Europa, desde la Teoría del Contrato Social de Rosseau, luego con la Doctrina de Rosseau. Así mismo, la primera Constitución que planteó la figura del Referéndum fue la Constitución Helvética en Suiza y las Constituciones como la alemana de 1949, la europea de 1948, la española en 1978 tienen estos mecanismos de participación ciudadana. En nuestro país desde la Constitución de 1991 se contempla este mecanismo de participación ciudadana.
Tipos de referendo
El referendo puede ser aprobatorio o derogatorio, que permite el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, de ley, de ordenanza, de acuerdo o de resolución local, de iniciativa popular que no se haya adoptado por la corporación pública correspondiente, a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o lo rechaza, si lo deroga o no, total o parcialmente. Sólo dos temas no pueden ser objeto de referendo: las reformas tributarias y las relaciones internacionales. Al respecto, "Hay referendos para derogar leyes, el Congreso hace una ley y el pueblo siente que es una ley que va contra los intereses del pueblo convoca un referendo para derogarla, la Constitución ha dicho de manera muy clara que no puede haber referendos de esta naturaleza para derogar leyes de impuestos, lógicamente y de relaciones internacionales.También hay referendos para hacer leyes, esto es el pueblo presenta una iniciativa de ley al Congreso y el Congreso no la tramita, entonces el pueblo hace un referendo para el hacer la ley. Y hay otros dos referendos: Para derogar una reforma constitucional hecha por el Congreso. El Congreso hace una reforma constitucional por un acto legislativo y el pueblo queda muy a disgusto y exige a través del recogimiento de las firmas convocar a votar no contra la reforma, en tal caso se deroga la reforma y existe el último referendo que es el que nos convoca que es el referendo para hacer una reforma constitucional, la cuarta modalidad de referendo. Una vez esté firme el referendo se modificó la constitución, son esas clases, ni la Constitución, ni la ley de mecanismos de participación ciudadana que es la ley 134 limita a un número determinado de referendos. Se pueden presentar infinidad de propuestas", concluye la académica de la U. de A.¿Quién puede solicitar el referendo? Un número de ciudadanos no menor al 10 por ciento del censo electoral, según el ámbito territorial, puede convocar a un referendo ante la Registraduría del Estado Civil, para aprobar o derogar proyectos de ley. Para someterse a referendo una iniciativa debe presentarse ante el correspondiente Registrador dentro del plazo estipulado: seis meses, con posible prórroga para el referendo derogatorio y doce meses para referendo aprobatorio. La campaña que respalde la iniciativa puede desarrollarse dentro del tiempo previsto y debe culminar a las doce de la noche del día anterior al fijado para la votación.
La propuesta del referendo en Colombia se constituye en otro capítulo del recuento que narra las complejas y traumáticas relaciones entre el poder legislativo y ejecutivo en los países andinos.
La propuesta del referendo en Colombia se constituye en otro capítulo del recuento que narra las complejas y traumáticas relaciones entre el poder legislativo y ejecutivo en los países andinos.
A continuación un vistazo a casos similares que se han presentado en nuestro continente:
Venezuela.
El hecho inmediato del que se tiene noticia se registró en diciembre de 1999 en Venezuela, en donde la Asamblea Nacional Constituyente, ANC, disolvió el Congreso.La ANC promulgó una nueva carta, aprobada mediante un referendo, en la que se ordenaba el reemplazo del Congreso bicameral por una Asamblea Nacional. Una comisión designada por la Constituyente asumió temporalmente las funciones legislativas, mientras se realizaban las llamadas "megaelecciones" del pasado 28 de mayo, suspendidas por la falta de herramientas técnicas para su realización. Pero ésta, sin duda, no es la única experiencia reciente en Latinoamérica. .
Perú.
En Abril de 1992, el presidente peruano, Alberto Fujimori con el apoyo de los militares disolvió el Congreso e inmediatamente convocó a una Asamblea Nacional Constituyente. El hecho a juicio de los analistas políticos internacionales fue calificado como un "autogolpe".
En el referendo se pondrán a consideración de los colombianos diversas preguntas, a las cuales seguirán los textos de los artículos que se incorporarán a la Constitución Política, en caso de que sean aprobados. La votación del pueblo o constituyente primario define si se estudia en el Congreso de la República la propuesta. El ciudadano podrá votar Sí o No a cada una de ellas, con su respectivo articulado. El Tarjetón también incluirá de manera destacada la pregunta ¿Aprueba usted o no en bloque el presente proyecto de reforma constitucional?, con lo cual el ciudadano podrá decir en ella Sí o No, sin tener que marcar cada una de las casillas. En caso de que un ciudadano se equivoque y marque las casillas individualmente y, además, vote Sí o No al total del articulado, no se anulará su voto, sino que se contabilizarán aquellos que colocó en cada casilla. Las casillas que haya dejado en blanco en cada articulado serán contabilizadas asumiendo que su decisión es la que determinó para el bloque de artículos. La Ley obliga a que se ponga a consideración del ciudadano la totalidad del texto que se incluirá en la Constitución. Pero para mayor claridad, el Gobierno incluirá, antes del texto del artículo, una pregunta que no hará parte del texto constitucional sino que será una guía para el votante.
Las siguientes fueron preguntas del primer referendo en Colombia:
· ¿Para crear un Tribunal de Etica Pública que combata la corrupción, aprueba usted el siguiente artículo? ·
· ¿Para crear un Tribunal de Etica Pública que combata la corrupción, aprueba usted el siguiente artículo? ·
¿Para que quien haya sido condenado por corrupción o por tráfico de estupefacientes o sancionado con perdida de investidura, no pueda ejercer un cargo público ni contratar con el Estado, aprueba usted el siguiente artículo? · ¿Para fortalecer el régimen de pérdida de la investidura de los miembros de todas las corporaciones públicas y extenderlo a los gobernadores y alcaldes aprueba usted el siguiente artículo? ·
¿Para que cada partido o movimiento solo pueda presentar una lista de candidatos en cada elección y para definir su organización interna, aprueba usted el siguiente artículo? ·
¿Para hacer más transparente y estricta la financiación de las campañas electorales y de la actividad política, aprueba usted el siguiente artículo? ·
¿Para que el voto en blanco sea realmente efectivo, aprueba usted el siguiente artículo? · ¿Para que por una vez en las próximas elecciones el voto sea obligatorio, aprueba usted el siguiente artículo? ·
¿Para que todo servidor público de periodo fijo cumpla con el mismo, aprueba usted el siguiente artículo? ·
¿Para cambiar la forma como funciona el Congreso, prohibiendo que los congresistas administren los dineros y obligando a que sus votaciones sean públicas, aprueba usted el siguiente artículo? ·
¿Para acabar con las suplencias de los congresistas, aprueba usted el siguiente artículo? · ¿Para eliminar los privilegios salariales, pensionales y prestacionales de los congresistas, aprueba usted el siguiente artículo? ·
¿Para que los órganos de control, es decir la Contraloría y Procuraduría, sean ocupados por personas que tengan una filiación política diferente a la del Presidente, aprueba usted el siguiente artículo? .
El partido liberal, el polo y los sindicatos recogen 3.000.000 de firmas para levar a referendo las transferencias y modificar así el acto legislativo aprobado por el Congreso de la Republica.
El tiempo se nos ha acabado para seguir hablando del REFERENDO.
Si quieres proponer un tema cultural escribanos al correo electrónico juliomario04@telecom.com.co
Oyentes de la voz del cinaruco, los espero el proximo domingo en sintonia del programa GRITOS Y PALABRAS a las 7 y media de la mañana.
Le habló Julio Mario Castro Rivera.
Feliz dia para todos
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Le habló Julio Mario Castro Rivera.
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